Dirección de Obras Municipales

Velar por el cumplimiento de las disposiciones de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, del Plan Regulador Comunal y de las Ordenanzas correspondientes para cuyo efecto gozará de las siguientes atribuciones especificas:

-Dar aprobación a las subdivisiones de predios urbanos y urbanos- rurales.

-Dar Aprobación a los Proyectos de Obras de Urbanización y Construcción.

-Otorgar los Permisos de Edificación señaladas en el número anterior.

-Fiscalizar la Ejecución de dichas Obras hasta el momento de su recepción, y recibirse de las Obras ya citadas y autorizar su uso.

-Fiscalizar las Obras en uso, a fin de verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y técnicas que las rijan.

-Aplicar Normas Ambientales relacionadas con Obras de Construcción y Urbanización.

-Confeccionar y mantener actualizado el Catastro de las Obras de Urbanización y Edificación realizadas en la comuna;

-Ejecutar medidas relacionadas con la Vialidad Urbana y Rural;

-Dirigir las Construcciones que sean de responsabilidad municipal, sean ejecutadas directamente o a través de terceros.

-En general aplicar las Normas Legales sobre Construcción y Urbanización en la comuna.