Dirección de Obras Municipales
Velar por el cumplimiento de las disposiciones de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, del Plan Regulador Comunal y de las Ordenanzas correspondientes para cuyo efecto gozará de las siguientes atribuciones especificas:
-Dar aprobación a las subdivisiones de predios urbanos y urbanos- rurales.
-Dar Aprobación a los Proyectos de Obras de Urbanización y Construcción.
-Otorgar los Permisos de Edificación señaladas en el número anterior.
-Fiscalizar la Ejecución de dichas Obras hasta el momento de su recepción, y recibirse de las Obras ya citadas y autorizar su uso.
-Fiscalizar las Obras en uso, a fin de verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y técnicas que las rijan.
-Aplicar Normas Ambientales relacionadas con Obras de Construcción y Urbanización.
-Confeccionar y mantener actualizado el Catastro de las Obras de Urbanización y Edificación realizadas en la comuna;
-Ejecutar medidas relacionadas con la Vialidad Urbana y Rural;
-Dirigir las Construcciones que sean de responsabilidad municipal, sean ejecutadas directamente o a través de terceros.
-En general aplicar las Normas Legales sobre Construcción y Urbanización en la comuna.
Visión municipal
- Administración Municipal
- Asesoría Jurídica
- Control Interno
- Dirección de Administración y Finanzas
- Dirección de Aseo, ornato y operaciones
- Dirección de Desarrollo Comunitario
- Dirección de Administración de Educación Municipal - DAEM
- Dirección de Obras Municipales
- Dirección de Relaciones Públicas
- Centro de Salud Familiar - CESFAM
- Dirección de Tránsito y Transporte Público
- Secretaría Comunal de Planificación
- Secretaria Municipal