Zona R-4
Zona R-4. Se permiten los recintos portuarios; instalaciones de infraestructura para el apoyo a las actividades portuarias o productivas de la pesca y acuicultura; instalaciones de servicio y apoyo al transporte marítimo de carga; instalaciones de servicio y apoyo al transporte marítimo de pasajeros y similares. Se permiten instalaciones y construcciones complementarias a la navegación y a la vigilancia de actividades de pesca y acuicultura. Complementariamente, se pueden formar circuitos de circulación peatonal, estacionamientos y miradores.
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Año Publicación: 2010